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lunes, 11 de marzo de 2013

USO PEDAGOGICO DE LA CARTILLA DE EDUCACION BASICA

Los  directivos de la Secundaria "Moisés Sáenz" ES 354-38, de Miraflores, Chalco, México,  con la finalidad de brindar la mejor atención, tanto a alumnos como a padres, tutores y público en general, dió el pasado 7 de marzo, el espacio y tiempo para realizar un taller de información sobre el uso pedagógico de la Cartilla de Educación Básica, el mencionado taller estuvo a cargo de las Profas. Ma. De Los Angeles Valdivia Alvarado y Josefina Conchillos Constantino en la  que se mencionaron   aspectos fundamentales como son:
 
  • El principio pedagógico “Evaluar para aprender”, señalado en el Plan de estudios 2011. de Educación Básica, en el que se menciona que los docentes son los responsables directos de la evaluación de los alumnos.
  • Asímismo cada docente y escuela selecciona las estrategias, las técnicas y los instrumentos que le aporten información cualitativa y cuantitativa relevante en función del seguimiento del aprendizaje de sus alumnos.
  • Elementos que aportan una visión de largo plazo
    • Competencias para la vida.
    • Perfil de egreso de la Educación Básica.

    Elementos que aportan una visión de mediano plazo.
  • Competencias específicas del campo formativo o de la asignatura.
  • Elementos que aportan una visión de corto plazo y para el trabajo cotidiano en el aula.
  • Aprendizajes esperados.
  • Enfoque didáctico.
la evaluación con enfoque formativo se concibe como un insumo importante para mejorar los procesos de aprendizaje permitiendo obtener evidencias, elaborar juicios y brindar retroalimentación sobre los logros de aprendizaje de los alumnos a lo largo de su trayecto  formativo. Esto sustentado en el Acuerdo número 592.

Tambien se  revisaron  aspectos importantes del  ACUERDO  648,  por el que se establecen  normas generales para la evaluación, acreditación, promoción y certificación en la Educación.
 
 FUNDAMENTO  LEGAL:
Constitución:
Artículo 3º : El Ejecutivo Federal determinará los planes y programas de estudio de la educación preescolar, primaria, secundaria y normal para toda la República.

Ley General de Educación :
Artículo 50:  La evaluación de los educandos comprenderá la medición en lo individual de los conocimientos, las habilidades, las destrezas y, en general, del logro de los propósitos establecidos en los planes y programas de estudio.

Artículo 60: Las instituciones expedirán certificados a quienes hayan concluido estudios de conformidad con los planes y programas de estudio.

Acuerdo 592
Artículo 2º:  El plan y programas de estudio que integran el tipo básico, están orientados al desarrollo de competencias para la vida.

Numeral 1.7:  El enfoque formativo de la evaluación, debe conducir al mejoramiento de aprendizaje y a un mejor desempeño del docente.

Séptimo Transitorio:  Se deberá modificar el Acuerdo 200 por el que se establecen las normas de evaluación del aprendizaje.

EVALUACIÓN:
Una evaluación permanente y sistemática posibilita:
 
  • La adecuación de los procedimientos educativos. 

  • Aporta más y mejores elementos para decidir la promoción de los educandos. 

  • Coadyuva al diseño y actualización de los planes y programas. 

  • Permite al docente orientar a los alumnos durante su proceso de aprendizaje. 

  • Asignar calificaciones parciales y finales conforme a su aprovechamiento.
ENFOQUE DE LA EVALUACIÓN

Este nuevo enfoque de evaluación, conlleva derechos y responsabilidades por parte de quienes participan en el proceso educativo, así como la definición de procesos claros y eficientes de: 

  • Evaluación, 

  • Acreditación, 

  • Promoción, y 

  • Certificación.

ACUERDO 648









 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

















 

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